Por Aníbal Ignacio Faccendini
El autor, especialista en la materia, remarca la necesidad de lograr consensos para poder constitucionalizar el derecho humano al agua, al saneamiento y a la personería jurídica de los ríos, humedales, arroyos y lagunas. Ante la reforma de su Carta Magna, Santa Fe está frente a la gran oportunidad de superar situaciones complejas y desigualdades de larga data.
Por Aníbal Ignacio Faccendini
"La perfección es para el que contempla y comprensión para el que actúa" - Cita de J.W. von Goethe señalada por Max Weber
Las gestiones políticas en el Estado son complejas y difíciles. Hay tres capacidades que deberían tener los gobiernos de turno que habitan al Estado. Primero: la capacidad de gestión; segundo: la capacidad electoral; tercero: la capacidad de movilización y participación ciudadana. El gobierno que reúna las tres capacidades políticas antes mencionadas estaría en condiciones buenas de gestión. Pero muchas veces la agenda es espasmódica, es decir que tiene "espasmos", donde la decisión no alcanza para la solución. El tiempo tiene su traición. Y los tiempos de las importantes tensiones electorales del sistema democrático condicionan decisiones que no son las esenciales pero si las prevalecientes.
Las decisiones son las derivadas de los tiempos electorales geográficos. Es decir las demografías de votos. La constante weberiana nos indica que en toda ciudad la mayor densidad electoral se da en el centro y el macrocentro urbano. La concentración de votos comulga en la cantidad de personas que habitan en las zonas de alta concentración edilicia, a la vez que baja fuera de la zona de alta demografía electoral (es decir en la periferia). Se trata de un proceso notorio de feudalización del espacio urbano. La centralidad de la ciudad tiene los mejores servicios de agua y saneamiento mientras que en la periferia hay escasez social de agua y deficiencia en el saneamiento.
Ello es en principio, porque en la actualidad se está observando que la saturación edilicia de los centros de las ciudades empieza a mostrar obstáculo de acceso al agua y al saneamiento. Planificar el mejoramiento del derecho humano al agua y al saneamiento ante la demografía electoral nos lleva a preguntarnos: ¿cómo superar esta traición del tiempo en la gestión política del Estado? ¿cómo evitar la confusión de la cronificación con la solución de los problemas de acceso al agua? ¿cómo lograr evitar los espasmos estatales sanitaristas, para que pasen a ser políticas de Estado?
Ya podemos ver que la traición del tiempo político está dada por las asimetrías sin aviso de la gestión de lo cotidiano y los tiempos para la solución de lo esencial. Tan atravesadas por la velocidad, los condicionamientos y presiones. Todos quieren y es el poder dominante el que impone el orden de los problemas a resolver. Aunque sea secundario el problema impuesto, frente a lo necesario y urgente. Aunque ello sea divorcial con las mayorías de las personas. Por toda esta complejidad, hay una necesidad material de arribar a consensos entre las fuerzas políticas que desean el bienestar con equidad social y ambiental de las personas. Son las fuerzas políticas que aún creen que el perpetuo mercado no debe dominar sino que se debe subordinar al estado democrático de derecho.
Con la futura reforma de la Carta Magna provincial, el Estado subnacional de Santa Fe tiene una gran oportunidad para las situaciones complejas antes señaladas. La ley N° 14384 habilitó la temática del Derecho Humano al Agua, al saneamiento y -derivativamente- a la personería jurídica protectiva a los ríos, humedales, arroyos y lagunas del Estado provincial. Para el ambientalismo inclusivo el acceso al agua es fundamental para toda vida. El agua es vida. Es fundamental para el ambientalismo inclusivo, el agua para todas nuestras especies.
El agua también es una prioridad impostergable para la actividad industrial, agroganadera y económica en general. Sin agua no se puede realizar ninguna actividad. El 70% del agua la necesita la actividad agroganadera, el 20% la industria y el 10% el consumo humano; 15.000 litros de agua necesita 1 kilo de carne vacuna, 2.300 litros agua promedio 1 kilo de soja y 4.300 litros 1 kilo de pollo. Hete aquí lo prevaleciente del acceso al agua. Nosotros confundimos cronificar con solucionar. La decisión con solución. Y no es así. Estamos ante una oportunidad con la reforma constitucional de nuestra provincia, de mejorar, de avanzar y superar deficiencias crónicas y repetitivas.
En la actualidad en la provincia de Santa Fe hay 469 barrios vulnerables. Y aproximadamente unas 400 mil personas que tienen distintos impedimentos para acceder integralmente al agua potable. Los factores como la baja presión del agua, que no llega a los 7 metros columna como se necesitan, y ante la realidad de 2 metros columna y las altas pérdidas en la red (aproximadamente más del 20% según la zona), hacen que estemos frente a una escasez social del agua que genera lesa ambientalidad, es decir un daño ambiental. Y esta escasez social aguda del agua lastima profundamente la dignidad humana, porque afecta no solo el consumo sino también la intimidad y libertad personal.
La falta de agua degrada y humilla a las personas, fundamentalmente a la mujer, esclava de la falta social del vital elemento. El 80% de los recolectores de agua a distancia en el mundo son mujeres y niñas. Resulta palmaria la discriminación de género. Hay localidades en las que el agua contaminada de arsénico supera ampliamente los 10 microgramos de arsénico por litro haciendo imposible beberla dada la grave lesión en la salud y la lesa ambientalidad. Se han logrado importantes avances con el sistema de acueductos, pero el incremento de la pobreza económica genera pobreza e indigencia de agua en los barrios vulnerables.
En 1974 el índice de pobreza en Argentina era del 4,6% y en el primer semestre de 2024 trepó al 52,4%. Donde hay pobreza no hay agua. Se debe constitucionalizar el derecho humano al agua, al saneamiento y la personería jurídica protectiva a los ríos, humedales, arroyos y lagunas del Estado de Santa Fe. Ello implicaría un hecho normológico inédito mundial, también una mejoranza ambiental esencial para una provincia con pujanza universitaria, humana, social, ambiental, industrial, sindical y económica. Y también debemos connotar la jerarquía constitucional que se establecería a estos bienes hídricos jurídicos que tanto necesita Santa Fe para funcionar.
Acordar para constitucionalizar lo antes señalado, por parte de las fuerzas políticas que creen en una verdadera sociedad armonizada, en la paz, en la producción, en la cooperación, en la solidaridad y la equidad social ambiental, significa lograr la mejoranza estatal. No hay gestión de lo imprescindible, como lo mencionado, si no superamos la traición del tiempo y las tensiones electorales. Solo acordando gestionar y deselectoralizar lo importante es que vamos evitar cronificar la solución del problema esencial.
(*) Director de la Cátedra del Agua y el Centro del Agua Fcpolit RRII-UNR. Cientista social ambiental, jurista, doctor en Ciencias Jurídicas y Sociales. Coordinador AHT Argentina. Asesor director del Consorcio Cloacal Justo José de Urquiza 1992-1996 y gestor dirigente de la Asamblea por los Derechos Sociales 1995-2019. Dirigente cofundador de la Asamblea por Provincial por el Derecho al Agua 2001-2002.
Dejanos tu comentario
Los comentarios realizados son de exclusiva responsabilidad de sus autores y las consecuencias derivadas de ellos pueden ser pasibles de las sanciones legales que correspondan. Evitar comentarios ofensivos o que no respondan al tema abordado en la información.